Carta de porte digital en España

Es el documento que acompaña a la mercancía, en formato electrónico. En el transporte nacional es lo que hace de documento de control, y desde el 5 de octubre de 2026 ya no es opcional.

Tres nombres para cosas parecidas

Buena parte de la confusión viene de aquí, así que empecemos por separarlos. Son tres documentos distintos y no se sustituyen entre sí:

Carta de porte / DeCA
Transporte nacional de mercancías por carretera. Ley 9/2025, contenido según la Orden FOM/2861/2012. Obligatorio en electrónico desde el 5 de octubre de 2026.
eCMR
Transporte internacional. Convenio CMR y su Protocolo Adicional, válido en 29 países. No sustituye al documento de control español.
DI de residuos
Solo si lo que mueves son residuos. RD 553/2020. Es un documento aparte, con su propia trazabilidad y su NIMA.

Un transporte internacional de residuos puede necesitar los tres. No es frecuente, pero pasa.

Qué exige la versión digital

El contenido no ha cambiado: es el de siempre, el de la Orden FOM/2861/2012. Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador y del transportista, matrícula del vehículo, naturaleza y peso de la mercancía, origen, destino y fecha.

Lo que es nuevo es el formato:

  • PDF nativo, no un escaneo. Máximo 5 MB.
  • Código QR impreso en el documento.
  • Una URL HTTPS que descargue el PDF directamente, sin login.
  • Registro de fecha y hora de emisión.
  • Conservación mínima de un año.
  • Emitido antes del inicio del servicio.
  • Copia del conductor: electrónica o impresa, las dos valen.

Esa última línea es la que casi nadie lee, y es la que lo cambia todo: el chófer puede llevar un papel. No hace falta que instale nada.

Cómo se hace, en la práctica

  1. La oficina emite el documento con los datos del envío, antes de que el camión salga.
  2. El chófer lo recibe por correo o se lo lleva impreso, con su código QR.
  3. El agente escanea el QR en carretera y descarga el PDF vigente, sin identificarse.

Tienes el detalle campo por campo en cómo emitir un DeCA, y un documento real desglosado en el ejemplo.

Qué pasa si no la llevas

Que el documento falte, o que le falten datos esenciales, es infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT: de 401 a 600 € por el artículo 143.1.d).

Y cada expedición cuenta como infracción independiente (artículo 138.3). En una inspección sobre varios envíos, las sanciones se suman.

Preguntas frecuentes

¿Carta de porte y DeCA son lo mismo?

Casi. La carta de porte es el documento que acompaña a la mercancía; el DeCA es el nombre del documento de control administrativo en su versión electrónica, el que exige la Ley 9/2025 en España desde el 5 de octubre de 2026. En el transporte nacional, la carta de porte electrónica es la que hace de documento de control.

¿Y el eCMR, es otra cosa?

Sí. El eCMR es la carta de porte del transporte INTERNACIONAL, regulada por el Convenio CMR y su Protocolo Adicional. Vale en los 29 países firmantes. El documento de control español es para el transporte nacional. Un transporte internacional puede necesitar los dos.

¿Desde cuándo es obligatoria la versión digital en España?

Desde el 5 de octubre de 2026, por la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. El plazo ya venció.

¿Quién la hace, el cargador o el transportista?

La obligación de que exista recae sobre el transportista. En la práctica la emite quien tiene los datos completos del envío, que suele ser su oficina con la información que le pasa el cargador.

¿Tiene que firmarla el destinatario?

Para el documento de control nacional no se exige firma electrónica reconocida. Otra cosa es que te interese tener firmada la entrega: si mañana te reclaman palés que sí entregaste, la firma con hora y ubicación es la prueba.

¿Hay alguna gratis?

No existe una herramienta pública oficial. Puedes montártelo por tu cuenta si cumples todos los requisitos del formato electrónico. Lo explicamos sin adornos en la página sobre si hay un DeCA gratis.

Empieza hoy, emite el primero en cinco minutos.

✓Sin tarjeta✓Alta en 5 minutos✓Cancela cuando quieras