Obligatorio desde el 5 de octubre de 2026

El DeCA ya es obligatorio.
Cúmplelo sin que tus chóferes instalen nada.

Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control en papel dejó de ser válido en el transporte público de mercancías por carretera. La oficina emite el documento, el chófer lo recibe por correo o lo lleva impreso con su QR. Sin aplicaciones, sin formación.

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Qué es el DeCA

El Documento Electrónico de Control Administrativo sustituye al documento de control en papel que acompañaba a la mercancía en el transporte terrestre por carretera en España. Nace de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, y sus requisitos técnicos se concretan en una resolución publicada en el BOE en junio de 2026.

Su contenido obligatorio sigue siendo el de la Orden FOM/2861/2012: nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador y del transportista, matrícula del vehículo, naturaleza y peso de la mercancía, origen y destino, y fecha del servicio.

No confundir con el eCMR, que es la carta de porte del transporte internacional, ni con el documento de identificación de residuos, que se rige por el RD 553/2020.

Qué exige la norma

Formato
PDF nativo generado desde datos estructurados. No valen escaneos.
Tamaño
Máximo 5 MB por archivo.
Código QR
Incluido en el documento, con enlace a su URL única.
URL
HTTPS (TLS 1.2 o superior). Al abrirla se descarga el PDF, sin login ni pasos intermedios.
Conservación
Repositorio seguro, mínimo un año.
Registro temporal
Fecha y hora de creación y de cada modificación posterior.
Momento de emisión
Antes del inicio del servicio.
Copia del conductor
Electrónica en el móvil o impresa.

A quién afecta

Al transporte público de mercancías por carretera en territorio nacional y al cabotaje en España. Afecta a toda la cadena —cargador contractual, transportista efectivo, operadores y receptores— con responsabilidad solidaria: si el documento no existe o sus datos son incorrectos, pueden responder tanto el cargador como el transportista.

Quedan fuera el transporte internacional sujeto al Convenio CMR y, según la Orden FOM/2861/2012, el transporte privado complementario, las mudanzas, las grúas de vehículos accidentados y la paquetería de pequeño volumen.

No llevar el documento, o que le falten datos esenciales, es infracción grave (art. 141.17 de la LOTT). El Plan de Inspección de Transporte 2026 incluye el control del documento digital entre sus focos.

El problema real no es la norma. Son los chóferes.

La objeción que aparece siempre es la misma: «mis conductores no van a instalar nada». Y no hace falta que lo hagan. La norma admite expresamente que la copia del conductor sea electrónica o impresa.

  1. La oficina emite el documento antes de que el camión salga, como exige la norma.
  2. El chófer recibe un correo con el enlace, o se lleva el documento impreso con su código QR.
  3. En carretera, el agente escanea el QR y descarga el PDF vigente directamente, sin login.

Si la carga cambia a mitad de ruta, el papel que el chófer lleva encima sigue sirviendo: el QR apunta a una dirección fija y al escanearla se obtiene la versión actualizada.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio el DeCA?

Desde el 5 de octubre de 2026, por la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. No se estableció prórroga ni periodo transitorio sin sanción.

¿A qué transportes afecta?

Al transporte público de mercancías por carretera en territorio nacional y al cabotaje en España. El transporte internacional sujeto al Convenio CMR queda fuera, igual que el transporte privado complementario.

¿Vale un PDF enviado por correo?

No. El documento tiene que generarse desde un sistema que cumpla los requisitos técnicos: PDF nativo a partir de datos estructurados, con código QR y una URL HTTPS que descargue el fichero directamente. Un escaneo o una conversión de papel no cumple.

¿Los chóferes necesitan instalar una aplicación?

No. La norma admite que la copia del conductor sea electrónica o impresa. El documento puede emitirse desde la oficina y hacerse llegar al chófer por correo, o entregarse en papel con su código QR.

¿Qué pasa si la carga cambia a mitad de ruta?

Se modifica el documento conservando su URL, o se emite uno nuevo. El conductor debe disponer de la versión actualizada antes de continuar. Si el QR apunta a una dirección fija, el papel que ya lleva encima sigue sirviendo: al escanearlo se obtiene la versión vigente.

¿Hace falta firma electrónica?

No para la validez del documento. La firma avanzada o cualificada solo se exige cuando el documento se usa además con finalidad contractual.

¿En qué se diferencia del eCMR?

El DeCA cubre el transporte nacional. El eCMR es la carta de porte electrónica del transporte internacional regulado por el Convenio CMR. Son documentos distintos, aunque una misma plataforma puede gestionar los dos.

Empieza hoy, emite el primero en cinco minutos.

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